1. Características de las Entidades Organizadoras y Entidades de Formación
La Formación Programada (bonificada):
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La puede organizar la propia empresa (Modelo 1) utilizando sus propios medios materiales o docentes, o mediante una contratación de proveedores externos.
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También es posible que la empresa bonificada contrate a una Entidad Organizadora (Modelo 2 y 3), siempre que las empresas que impartan los cursos estén inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
La Entidad Organizadora puede actuar también como Impartidora, o contratar a una tercera impartidora inscrita. Es decir, la Organizadora tiene dos opciones, realizar la Organización + la Impartición (disponiendo de profesores o tutores con contrato laboral o mercantil), o contratar a una tercera entidad de formación inscrita en el Registro. Por lo tanto, el modelo de Formación Programada permite que las Entidades Organizadoras puedan contratar a las Impartidoras, pagando por los servicios de formación, pero está prohibido que sea al revés.
Son las entidades externas organizadoras las que deben contratar a la entidad impartidora inscrita que imparta los cursos (por ello la Entidad Organizadora pagará a la Entidad Formadora).
