- 3. Conciliaciones no conformes del SEPE y Fundae. Principales motivos de conciliación no conforme >
3.1. Recepción de la conciliación no conforme

Si la empresa bonificada tras recibir la Conciliación No conforme la considera correcta y decide realizar la devolución de la diferencia, se efectuará el correspondiente ingreso en la cuenta bancaria: IBAN ES32 9000 0001 2002 03405128, BIC ESPBESMM del Banco de España, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal. Indicando número de expediente y razón social y CIF de la entidad bonificada. Asimismo, se comunicará a la Fundación Fundae, calle Torrelaguna, 56 Madrid 28027.
Si se efectuó con anterioridad la devolución, se enviará el correspondiente documento acreditativo, junto a la justificación del pago indicar año de bonificación, CIF/NIF de la empresa bonificada, fecha de transferencia, datos del ordenante, importe, motivo, y observaciones o aclaraciones.
Respecto a la Conciliación No conforme, los motivos principales son:
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Incumplimiento del porcentaje de aportación privada exigido (Cofinanciación).
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Anulación/incidentación de los participantes por irregularidades en la vida laboral.
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El importe de la bonificación aplicada en la web de la FTFE es menor que la cantidad bonificada en los seguros sociales (indicada en la Tes. Gral. Seg. Social).
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Impacto económico del seguimiento por incidencias detectadas a nivel de grupo, participante o en justificación de costes. Curso INSPECCIONADO.
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Participantes anulados por no informar a la RLT
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Cursos anulados por no realizar la Comunicación de finalización.
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Entidad o empresa bonificada que no cumple los requisitos (Administración Pública, empresa extranjera,…)